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El SAS alarga el plazo para presentar la documentación requerida de requisitos y méritos correspondientes a la OPE

Por la presente se informa que en el BOJA núm. 86, de 9 de mayo de 2017, se ha publicado resolución del 28 de abril de 2017, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica parcialmente la Resolución de 23 de febrero de 2017, por la que se publica la lista de personas opositoras a las que se les requiere la documentación acreditativa de requisitos y méritos alegados y autobaremados, correspondientes a las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre y de promoción interna de Enfermero/a, Fisioterapeuta y Matrón/a, dependientes del Servicio Andaluz de Salud.

En el resuelve segundo de la citada Resolución se anunciaba un plazo de 15 días hábiles, comenzando el día 18 de abril hasta el 9 de mayo de 2017, ambos inclusive, para la presentación de la documentación que acredite los méritos alegados y autobaremados y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos alegados que se establecen en la base 3 de la convocatoria. En dicho resuelve se establecía también que en caso de ser necesario realizar sucesivos requerimientos, los mismos se irán anunciando los días 6, 13, 20 y 27 en la web del Servicio Andaluz de Salud. Si persistiera la necesidad de realizar nuevos requerimientos, se informará de este extremo en el requerimiento que se realice el próximo 27 de junio en la web del SAS.

Igualmente, en la Resolución se indicaba que la acreditación de méritos autobaremados y requisitos se efectuaría por medio del sistema informático al que se accederá deesde la página web del SAS, bien a través de la vía telemática, bien a través de la vía ofimática cumplimentando en este caso el correspondiente formulario de registro en el citado sistema generando posteriormente la instancia para su posterior presentación ante alguna de las Oficinas de Registro.

Dado que se ha dispuesto del sistema informático el mismo día de la apertura del mencionado plazo para la presentación de la documentación acreditativa de méritos y requisitos, resultando corto e insuficiente el plazo concedido, por el tiempo material necesario ralentiza de forma muy significativa el cumplimiento de dicho trámite, las circunstancias aconsejan evitar que las personas aspirantes no puedan finalmente presentar la documentación en el plazo indicado, constatándose que el plazo de 15 días hábiles recogido en la Resolución del 23 de febrero de 2017 es desajustado.

A fin de que este proceso se pueda realizar de forma adecuada los trámites necesarios en el sistema informático de la previa inscripción de los méritos y requisitos y posterior elaboración de la solicitud de aporte de méritos y requisitos para su presentación en Registro Oficial, y debiendo ser el contenido de los actos determinado y adecuado a los fines de aquellos, resulta oportuno modificar la Resolución de forma que este plazo sea lo suficientemente razonable como requiere la práctica de los trámites instalados, garantizando así a las personas aspirantes requeridas el tiempo del que no han podido disponer al no producirse la apertura del sistema informático con la suficiente antelación que facilitara su conocimiento y desenvoltura para realizar la inscripción y presentación de la documentación.

Consulte la Resolución pinchando aquí.