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Comunicado de prensa ante la apertura de expediente disciplinario a dos enfermeros por negarse a manipular medicamentos peligrosos sin garantías de seguridad

El pasado domingo, 26 de marzo, el diario El Mundo revelaba que la Consejería de Sanidad de la Comunidad Valenciana había abierto un expediente disciplinario a dos enfermeros que solicitaron seguir el protocolo de seguridad y se opusieron a manipular un medicamento biopeligroso, sin las precauciones requeridas para entrar en contacto con este tipo de componentes. El Consejo General de Enfermería, desde el momento que conoció la noticia, mostró su desacuerdo ante este tipo de prácticas y anunció por Twitter que la organización se encontraba “profundamente consternada por esta noticia” y que ya el mismo lunes convocaría “una comisión de expertos para investigarlo”. Ante esta situación, el organismo colegial enfermero lanzó un comunicado que reproducimos integramente a continuación:

«El Consejo General de Enfermería quiere mostrar su consternación ante la apertura de expediente disciplinario a dos enfermeros del Hospital Clínico de Valencia por negarse a manipular medicamentos peligrosos tras considerar que no disponían de la formación, ni de las medidas de seguridad necesarias para garantizar su salud y su integridad personal. Ante esta situación insostenible e injusta, y ante la trascendencia general en el ámbito de todo el Estado y repercusión para el conjunto de la profesión enfermera y de su organización colegial, el Consejo General de Enfermería de España como autoridad competente, órgano regulador y máximo representante en el ámbito nacional de los más de 280.000 enfermeros que trabajan en nuestro país, quiere hacer llegar a los medios de comunicación lo siguiente:

  1. Por parte de los gestores del hospital, se está intentando desviar la atención pública centrando el debate en el hecho circunstancial de si la enfermera expedientada había comunicado o no su embarazo al centro de trabajo. Sin embargo, ambos profesionales expedientados, se negaron al manejo del medicamento porque consideraron que no tenían ni experiencia ni formación específica, y además no disponían de todos los recursos y medidas de seguridad establecidos por Ley. El embarazo de esta enfermera expedientada sería una circunstancia agravante más a tener en cuenta en la investigación, pero en ningún momento debe condicionarla.
  1. Resulta del todo inadmisible haber tenido que poner a estos profesionales sanitarios en la tesitura de tener que decidir entre administrar el tratamiento del paciente y poner en riesgo su propia seguridad, o privar al ciudadano de sus necesidades terapéuticas. Más aun cuando existen recursos que garantizan el manejo de medicamentos con plenas garantías de seguridad y cuando la empresa tiene la obligación de emplear todos los recursos necesarios, para garantizar el manejo de medicamentos con plenas garantías de seguridad por parte de las enfermeras, al amparo de los Arts. 14 y 16 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

  1. El Micofelinato de mofetilo, que es el medicamento peligroso cuyo manejo ha generado el expediente disciplinario, está considerado una sustancia potencialmente peligrosa. Está clasificado en la lista del Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional de Estados Unidos (NIOSH) como posible o probable carcinógeno, mutágeno, genotóxico y/o reprotóxico.
  1. En el caso de mujeres embarazadas, el NIOSH advierte de que puede provocar toxicidad embrionaria fetal, neoplasias malignas e infecciones graves. Aumenta del riesgo de aborto en el primer trimestre y aumenta también el riesgo de malformaciones congénitas.
  1. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, dependiente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, establece en su Nota Técnica de Prevención 740 las siguientes medidas de seguridad en el manejo del MICOFENOLATO de Mofetilo en presentación vial: preparar en Cabina de Seguridad Biológica (CSB IIb) con doble guante, bata y mascarilla; Utilizar sistemas cerrados de transferencia de medicamentos (CSTM) y equipo de administración purgado. Para su administración se exige doble guante y bata; utilizar protección ocular cuando exista riesgo de salpicadura y respiratoria si hay posibilidad de inhalación. Fuente: Guía “Medicamentos Peligrosos: Medidas de prevención para su preparación y administración”, septiembre de 2016.
  1. Para el manejo de medicamentos peligrosos los profesionales sanitarios deben disponer de una formación reglada específica, así como de un mínimo de experiencia tutelada para poder prestar sus cuidados con total seguridad para ellos y para sus pacientes.
  1. El Consejo General de Enfermería va a proponer al Sindicato SATSE la creación conjunta, a través de la Mesa de la Profesión, de un Comité Multidisciplinar de Investigación compuesto por profesionales sanitarios expertos en medicamentos peligrosos y riesgo biológico, y juristas de reconocido prestigio. Esta comisión estaría encuadrada dentro del Observatorio de Riesgos Biológicos que tienen creado de forma conjunta ambas entidades profesionales. El objetivo es realizar una investigación exhaustiva de este caso y facilitar a nuestros compañeros todo el apoyo jurídico y psicológico que sea necesario.
  1. En caso de que se demuestre que el Hospital Clínico de Valencia ha incumplido la legislación vigente en la regulación del manejo de medicamentos peligrosos, se darán instrucciones precisas a los servicios jurídicos para que se ejerzan todas las acciones legales posibles, incluyendo la vía penal si procede.
  1. Estamos ante una situación de máxima gravedad con repercusiones en todo el Estado español que podría estar afectando a muchos más centros del territorio nacional. Es por ello que, este comité de expertos analizará también la situación en toda España y denunciará ante la Fiscalía todos aquellos casos donde los hospitales no estén cumpliendo la normativa vigente en materia de seguridad.