Las solicitudes podrán presentarse desde el día 1 al 20 de septiembre a través de la web del empleado público
En el BOJA nº 167, de 30 de agosto de 2019, se ha publicado Resolución del 22 de agosto de 2019, de la Secretaría General para la Administración Pública (dependiente de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior), por la que se dictan instrucciones en relación con la presentación y tramitación de las solicitudes de anticipos reintegrables de nómina para el ejercicio 2019.
De esta manera y en el marco de recuperación de derechos de los empleados públicos, la disposición adicional decimonovena de la Ley 3/2019, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019, dispuso que durante este ejercicio se podrán solicitar anticipos reintegrables de nómina conforme a lo establecido en la Orden de 14 de diciembre de 1992 (BOJA núm. 133, de 24 de diciembre),
En desarrollo de dicha disposición adicional se modifica, por la presente Resolución, el plazo de presentación y el procedimiento de tramitación de solicitudes (regulados en la referida Orden de 1992), estableciendo al respecto que las mismas podrán presentarse desde el día 1 al 20 de septiembre -ambos inclusive-, y que todo el procedimiento se tramitará electrónicamente.
Esta ayuda -conforme a lo establecido en el artículo 12 de la citada Orden- posibilita solicitar en concepto de anticipo hasta la cantidad equivalente a la remuneración líquida de dos mensualidades. La misma puede ser solicitada por el personal funcionario y estatutario con plaza que en el momento de efectuar la solicitud, se encuentre en servicio activo o alta en Seguridad Social y haya permanecido ininterrumpidamente en dicha situación durante -al menos- los últimos doce meses. Los anticipos reintegrables no devengan interés, fijándose por el propio interesado el plazo de amortización de los anticipos solicitados, si bien no puede exceder de 12 meses si el anticipo es de una mensualidad, ni de 24 meses si es de dos mensualidades.
En concreto, las solicitudes se presentarán en el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la web del empleado público https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/, «Tramitación electrónica», «Ayudas de acción social», «Anticipos Reintegrables», disponiendo de dos posibilidades:
- Las personas solicitantes que dispongan de certificado digital reconocido por la Junta de Andalucía o el que incorpora el DNI electrónico, pueden acceder pulsando sobre «acceso con certificado digital».
- Las personas solicitantes que no dispongan de certificado digital, podrán acceder desde el apartado «Acceso privado», siempre que se encuentren en la red corporativa de la Junta de Andalucía, mediante código de usuario y clave privada de acceso al mismo.
Junto con la solicitud no será necesario presentar ninguna documentación. Los datos necesarios para su tramitación así como la cuantía a conceder, antigüedad en la Administración a 31 de diciembre del año anterior a la solicitud y retribuciones líquidas relativas al mes de enero, serán recabados por la Consejería Presidencia, Administración Pública e Interior.