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El Tribunal Superior de Justicia de Valencia zanja que los técnicos de rayos tengan exclusividad en radiodiagnóstico y habilita a los enfermeros para realizar las mismas actividades

La sentencia establece que “no se precisa más especialidad que la titulación del Grado de Enfermería para poder actuar funciones en los servicios de radiodiagnóstico, medicina nuclear y radioterapia»
La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal de Justicia de la Comunitat Valenciana ha dictado la sentencia (Nº 628/22) que desestima el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Española de Técnicos de Radiología y otorga la razón los enfermeros del servicio de Rayos del Consorcio Hospitalario de Castellón sobre las actividades de manejo y utilización de las radiaciones ionizantes dentro de los servicios de Radiodiagnóstico, Radioterapia, Medicina Nuclear y Quirófanos.
El fallo ratifica la sentencia anterior y concluye que “los enfermeros son profesionales titulados y habilitados en funciones sanitarias, por lo tanto están habilitados por el Consejo de Seguridad Nuclear (resolución de 5-11-1992) para utilizar aparatos de radiodiagnóstico”.
La sentencia establece además que “no se precisa más especialidad que la titulación del Grado de Enfermería para poder actuar funciones en los servicios de radiodiagnóstico, medicina nuclear y radioterapia (…) no hay exclusividad en el manejo de (aparatos que emitan radiaciones ionizantes) atribuidos a los TER”.
La resolución judicial en su veredicto dicta que “en los servicios de medicina nuclear, de radioterapia y de radiodiagnóstico interviene personal sanitario de enfermería, lo cual es lógico y necesario dada cuenta los cuidados que se prestan en el mismo y sobre todo en un hospital como el Provincial de Castellón, donde el groso (sic) de los pacientes que utilizan esas técnicas son enfermos oncológicos”.
“En cuanto a la exigencia de la especialidad […] no se precisa más especialidad que la titulación del grado de enfermería para poder actuar funciones en los servicios de radiodiagnóstico, medicina nuclear, y radioterapia, […] en estos momentos no hay especialidades en rayos que afecten al personal de enfermería (salvo la extinta de radiología y electro)», detalla la sentencia.