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Andalucía llevará al Constitucional el Decreto de Prescripción enfermera si el Gobierno Central no lo deroga

sign prohibiting the use of drugs, no drug addictsEl Consejo de Gobierno andaluz acordó este martes llevar al Tribunal Constitucional el decreto de prescripción enfermera que regula la indicación, uso y autorización de medicamentos y otros productos sanitarios de uso humano por parte de los profesionales de enfermería, si el Gobierno de la Nación no lo deroga. Este requerimiento se produce tras un estudio realizado por parte del gabinete jurídico de la Junta, a petición de la Consejería de Salud, en el que se advierte de la invasión de competencias por parte del Ejecutivo Central, y después de que el Tribunal Supremo confirmase que el Decreto debía aplicarse a rajatabla.

El portavoz del Gobierno andaluz, Miguel Ángel Vázquez, explicó que la vulneración competencial que el Ejecutivo de la comunidad autónoma quiere anular se refiere “no tanto a la prestación del servicio en sí, sino a la anulación de la formación continuada y la acreditación del colectivo de enfermería por parte de la Comunidad”.

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Zurich aclara que su póliza no se hace cargo de las responsabilidades derivadas del incumplimiento del Decreto

sign prohibiting the use of drugs, no drug addictsLo advertía la Mesa de la Profesión Enfermera en el informe jurídico donde se analizaban las consecuencias de la entrada en vigor del Decreto de Prescripción Enfermera y ahora lo corrobora la compañía con la que el Consejo General de Enfermería tiene suscrito el seguro de Responsabilidad Civil. La póliza contratada no cubriría la realización por parte de los enfermeros de actuaciones contrarias a la normativa vigente.

Zurich ha respondido a la consulta realizada por el CGE y aclara que la póliza excluye las responsabilidades derivadas de la inobservancia dolosa de las disposiciones legales relacionadas con el riesgo asegurado. Por todo esto, la compañía considera que “cualquier responsabilidad profesional que provenga de una actuación realizada de forma deliberada, a pesar de su prohibición por las disposiciones legales y reglamentarias que rigen la profesión de enfermeros, no quedaría amparada por las coberturas de esta póliza”.

En el caso concreto que nos ocupa, la descripción del riesgo asegurado dice exactamente que lo que se cubre es la “responsabilidad civil profesional de los colegiados en el ejercicio de su actividad como enfermeros responsables de cuidados generales y como enfermeros especialistas, tal y como se define, entre otras normas, en las Directivas Europeas y en la Ley de Ordenación de las profesiones sanitarias y en la vigente Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios y en el Real Decreto 954/2015 de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, que motiva su adscripción a cualquier Colegio Oficial de Enfermería de España”.

El Supremo confirma que el Art 3.2 del RD de prescripción enfermera debe aplicarse a rajatabla y deniega su suspensión cautelar

sign prohibiting the use of drugs, no drug addictsDe este modo se confirma que los enfermeros no pueden usar, indicar o autorizar la dispensación de los medicamentos sujetos a prescripción médica sin el diagnóstico previo y la posterior prescripción y determinación por parte del médico.

Como consecuencia de esta decisión judicial, el Real Decreto y, especialmente, su artículo 3.2. mantienen su plena eficacia y ejecutividad, y deben, por tanto, ser aplicados sin ningún tipo de cortapisa por parte de todos los Servicios de Salud del territorio nacional.

La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha notificado al Consejo General de Enfermería y al Sindicato de Enfermería, SATSE, sendos autos, prácticamente idénticos, en los que deniega la suspensión cautelar del artículo 3.2 del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, conocido popularmente por toda la Sanidad como el “decreto de prescripción enfermera”. Aunque, en el auto, el magistrado ponente no entra en el fondo de la cuestión y simplemente valora si la aplicación de dicho artículo causaría o no perjuicios graves a terceros, comete algunas imprecisiones. Sin perjuicio del absoluto respeto a las decisiones judiciales, la Mesa de la Profesión Enfermera entiende que el auto incurre en importantes errores conceptuales y valoraciones que consideran que no están ajustadas a Derecho y que motivarán la interposición del pertinente recurso de súplica.

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Publicado en el BOJA la Resolución por la que se aprueban las listas de admitidos y excluidos a la OEP de Matronas

bojaEl Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de 2 de febrero de 2016 ha publicado las resoluciones del Servicio Andaluz de Salud (SAS) que aprueban las listas definitivas de personas admitidas y excluidas correspondientes a las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre y por promoción interna de la categoría de Matronas. La fase de oposición, consistente en la realización de las dos pruebas previstas en la convocatoria, se celebrará 14 de febrero de 2016, a las 14:30 horas, en Sevilla, concretamente en las Facultades de Ciencias Económicas y Empresariales, Psicología, Turismo y Finanzas, Biología, Farmacia y Facultad de Física.

La distribución de cada persona aspirante por centros y aulas se anunciará en la página web del Servicio Andaluz de Salud con una antelación de, al menos, 48 horas respecto al día de realización de las pruebas.

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El Consejo General de Enfermería advierte a los médicos de que los enfermeros cumplirán el Real Decreto de Prescripción

sign prohibiting the use of drugs, no drug addictsLa Organización Médica Colegial anima a denunciar a los enfermeros que hagan “dejación de funciones” en cumplimiento de la norma.

Los enfermeros argumentan que no pueden realizar su trabajo habitual sin cometer un delito de intrusismo.

El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM ha enviado a sus colegiados una serie de consideraciones sobre la aplicación del Real Decreto de Prescripción, una norma que siguen calificando de “acertada”.

En este escrito, el CGCOM afirma que la capacidad de prescribir fármacos sujetos a receta sigue siendo competencia de médicos, odontólogos y podólogos. Del mismo modo, insisten en que la norma deja “perfectamente delimitado el campo de actuación y competencias de ambas profesiones respecto a las responsabilidades de médicos y profesionales de enfermería”. A lo que añaden que el Decreto establece que los profesionales de enfermería podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica “mediante la correspondiente orden de dispensación”, es decir, que para que los enfermeros acreditados puedan llevar a cabo este tipo de actuaciones será necesario que el médico haya determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir, y así lo reconoce el CGCOM en su comunicado. En cuanto a los protocolos, el CGCOM admite que están “pendientes de definir” y que participarán en la elaboración de los mismos.

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El CGE recuerda al Colegio de Médicos de Madrid que los enfermeros están obligados a cumplir con el Decreto de Prescripción

sign prohibiting the use of drugs, no drug addictsEl Colegio de Médicos de Madrid lamentó en una nota de prensa las consecuencias que está acarreando para la sanidad y los pacientes la entrada en vigor de la normativa pero se olvida de que esta situación ha sido generada por la Organización Médica Colegial.

El Colegio de Médicos de Madrid emitió este lunes un comunicado en el que califica de “innecesaria” la prescripción médica específica e individual y en el que pide a la Consejería de Sanidad que determine con claridad y concreción si el calendario sistemático oficial de vacunaciones infantiles precisa o no de tal indicación.

El Colegio madrileño aseguró en una nota de prensa que el transcurso de los días sin producirse dicha especificación por parte de la Consejería, no está haciendo más que “mantener y aumentar el desconcierto existente en los profesionales médicos y en el resto de profesionales que intervienen en los procesos asistenciales”.

La Corporación expresó su respeto hacia las reivindicaciones y posicionamientos de los enfermeros “siempre y cuando los mismos no perjudiquen ni obstaculicen el normal desarrollo de la prestación asistencial”, y por ello, hizo un llamamiento a la cordura y a la responsabilidad de los profesionales sanitarios en su conjunto para anteponer el bienestar y la salud de los pacientes.

Tras la difusión de este comunicado por parte del Colegio de Médicos de Madrid, el Consejo General de Enfermería ha realizado las siguientes apreciaciones.

En primer lugar, el CGE señala que produce verdadera perplejidad que este organismo intente culpar a los enfermeros de cumplir lo establecido en el Real Decreto, cuando se trata de una situación generada por la Organización Médica Colegial, entidad a la que el Colegio madrileño pertenece. En este sentido, el CGE recuerda que ha sido la Organización Médica Colegial quien –amparándose en la traición llevada a cabo en el último momento por el Ministerio de Sanidad del PP- ha introducido en el texto del Decreto un artículo inesperado que impide que, en beneficio de los pacientes, los enfermeros puedan realizar su trabajo habitual.

Por si no fuera suficiente con esto y a raíz de los recursos contra el Decreto presentados en el Tribunal Supremo por el CGE, sindicatos y Comunidades Autónomas, la Organización Médica se ha personado en calidad de co-demandado para ratificar su postura y seguir defendiendo su posición.

El Consejo General de Enfermería recuerda que es el propio Ministerio de Sanidad quien, interpretando fielmente el RD, ha dado instrucciones claras de que se cumpla la norma en toda su extensión, es decir, que los enfermeros no pueden administrar fármaco alguno si los médicos no lo han incluido y pautado previamente. Por tanto, a la enfermería española, en defensa de la seguridad de sus pacientes y de su propia seguridad jurídica, solo le cabe cumplir escrupulosamente las previsiones del RD porque en caso contrario podrían ser acusados de cometer un delito de intrusismo profesional tipificado por el Código Penal, además de constituir una vulneración de su código deontológico.

La respuesta íntegra del CGE al comunicado emitido por el Colegio de Médicos de Madrid, aquí.

 

El Ministerio de Sanidad pide a los médicos que registren minuciosamente los tratamientos en cumplimiento del RD

sign prohibiting the use of drugs, no drug addictsLas indicaciones del Ministerio de Sanidad son una prueba más de que la interpretación que se viene haciendo desde la Mesa de la Profesión Enfermera sobre el RD es totalmente correcta.

Si quedaba alguna duda respecto a la prescripción, ha quedado resuelta. El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través delcoordinador de equipos de Atención Primaria, Enrique Ostalé Baeza, ha pedido expresamente a los médicos que “registren debidamente en la historia clínica del paciente las pautas de los tratamientos médicos, curas, aerosoles, etc. Especificando la composición, dosis y duración del tratamiento, estableciendo la metodología de práctica clínica y asistencial a seguir por la enfermería”.

Estas instrucciones del Gobierno llegan en un momento de máxima tensión sanitaria después de que, en los últimos días varias Consejerías de Sanidad se hayan dirigido a los enfermeros para instarles a que continúen realizando su trabajo como hasta ahora y que, por tanto, incumplan la Ley. A esta situación se une el que algunos sindicatos e instituciones médicas, después de haber permanecido en silencio durante todo el proceso, estén emitiendo comunicados donde se lamentan de los retrasos provocados por la puesta en marcha del Decreto, culpando malintencionadamente a los enfermeros, cuando el blanco de sus quejas debería ser la propia Organización Médica Colegial que es la que ha “obligado” a que se adultere el contenido del decreto que quedó aprobado por unanimidad en el Consejo Interterritorial de Salud.

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Ya se puede consultar la distribución de centros y aulas para la OPE del SAS

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El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ya ha publicado la distribución de cada aspirante por centros y aulas para las pruebas que tendrán lugar el próximo domingo. Los listados se pueden consultar introduciendo el DNI en la página http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/oep_listados/listado.asp

33.196 enfermeros realizarán las pruebas este domingo, 31 de enero, a las 8:00 horas, en varios centros de la provincia. Los espacios designados para estos exámenes son el Aulario La Bomba (Paseo Carlos III, nº3) y en las Facultades de Filosofía y Letras (Avenida Gómez Ulla, nº1), Medicina (Plaza Falla, nº9), Ciencias Económicas y Empresariales (Calle Enrique Villegas Vélez, nº2) y Ciencias del Trabajo (C/Enrique Villegas Vélez, nº1).

Por otro lado, Transportes Generales Comes pondrá a disposición de los usuarios una serie de servicios especiales con el objetivo de facilitar el traslado a la capital para la realización de los exámenes de Oferta Pública de Empleo convocada por el Servicio Andaluz de Salud. En los siguientes enlaces podrán acceder a la cartelera especial de la que podrán hacer uso los días 30 y 31 de enero. Esos servicios tendrán parada en la Facultad de Filosofía y en la Facultad de Empresariales.

Horarios Cádiz-San Fernando (por Camposoto y San Marcos)

Horarios de servicios para la provincia

Alrededor de un millar de enfermeros se darán cita en Cádiz, en marzo, con motivo del 33 Congreso de la ANESM

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Francisco Megías-Lizancos y Rafael Campos durante la reunión mantenida con motivo de la presentación del Congreso.

ENTREVISTA A FRANCISO MEGÍAS LIZANCOS, PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE ENFERMERÍA DE SALUD MENTAL (ANESM)

En menos de dos meses se celebrará en Cádiz el 33 Congreso de la Asociación Nacional de Enfermería de Salud Mental que prevé reunir entre 800 y 1000 enfermeros, un considerable número de profesionales que tal y como señala el presidente de la ANESM, «acudirán impregnados de la ilusionante necesidad de un cambio que haga llegar a la sociedad la realidad del entorno en el que desarrollan su actividad asistencial, docente, gestora e investigadora, así como el de las personas con problemas mentales y sus familias, entendiendo la importancia que tiene el mantener la salud mental en todos y cada uno de los estratos que conforman la comunidad”.

  • ¿Cuál es la clave del éxito para contar con la trayectoria de nada menos que 32 congresos celebrados y con notable asistencia y destacada programación?

Desde sus orígenes la Asociación Nacional de Enfermería de Salud Mental (ANESM) se ha caracterizado por tres cualidades: rigor, creatividad y disciplina. Todo ello dentro de un equipo de voluntarios, que desde el principio han estado muy activos, concretando una característica muy significativa y de gran valor humano y solidario. Sigue leyendo …

Los médicos se personan en los recursos a la ‘prescripción’ enfermera en el Supremo

sign prohibiting the use of drugs, no drug addictsLos médicos se muestran satisfechos con el artículo recurrido por enfermeros y sindicatos porque, a su juicio, recoge propuestas «siempre en el marco de la mejor protección de la salud, de la seguridad de la atención y de la efectividad alcanzada por el tratamiento de los pacientes».

El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) se ha personado ante el Tribunal Supremo (TS) en defensa del Real Decreto que regula la denominada prescripción enfermera, después de los recursos presentados contra el texto por parte de los sindicatos Satse y CCOO y el Consejo de Enfermería.Lo ha decidido la Comisión Permanente del CGCOM, en una reunión en la que ha acordado personarse como «codemandado de la Administración» en todos los recursos interpuestos y en los que vayan a presentarse en el futuro contra la norma aprobadapor el Gobierno el pasado 23 de octubre.

En concreto, se ha personado ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal, la misma en la que han presentado sus recursos Satse, CCOO y el Consejo General de Enfermería, que han pedido la suspensión cautelar del párrafo segundo del artículo 3.2 del real decreto, «petición a la que se opone el CGCOM».

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